BRIGADAS CONTRA INCENDIO EN COLOMBIA RES.
256 DEL 21-OCT-2014 DNBC
Las siguientes son mis notas sobre esta resolución de
las brigadas contra incendio en las empresas:
1. Efectivamente se nota que en esta ocasión nuestra
Dirección Nacional de Bomberos ha hecho un esfuerzo muy grande para mejorar el
primer intento de reglamentación de este tema (Res.044 de 2014)
2. El numeral 5 del art.2 que define las brigadas básicas
o clase I, dejó un vacío al no incluir en la definición la dotación de equipos
de emergencias para esta brigada, como si lo hizo para las clases II y III.
3. En el numeral 7 del art.2, definió las brigadas clase
III y retiró las expresiones de "capacitada y entrenada"
dejando sólo el término "formada" para estas
brigadas especializadas, ¿cual fue la razón de quitar los otros dos términos?
4. Como nota curiosa en los numerales 5 y 6 definió que
las brigadas I y II responderán como primera respuesta a emergencias interiores
y/o exteriores de las EMPRESAS y en cambio para las
especializadas definió que responderán a emergencias en el interior y/o
exterior de las FACILIDADES, lo anterior se podría entender de varias
maneras, como por ejemplo que las brigadas
básicas y las intermedias podrán responder por
fuera de su empresa, es decir, a
otras empresas y por lo tanto las especializadas solo lo podrían hacer en sus
facilidades, no estando contemplado el
poder ayudar a otras empresas por ejemplo en un plan de ayuda mutua; lo que si podrían
hacer las básicas e intermedias.
5. El numeral 12 del art.2 define "emergencia"
y pareciera que esta definición esta enfatizada a la perspectiva pública y no
de carácter privado como seria el caso de las brigadas de las empresas, ya que
menciona el efecto sobre una comunidad y que "requieren la respuesta de un
organismo del ESTADO", lo que no son las brigadas
empresariales.
6. EXCELENTE que se reglamentó una distribución uniforme de los
brigadistas por cada turno.
7. En 3.1 no es claro que empleados deben ser
escogidos, ya que dice que deberán ser "empleados
DE
las instalaciones"; no olvidemos que las personas naturales somos y podemos
ser empleados de una empresa o persona jurídica y NO DE una instalación; por lo que debería aclararse que es de los
empleados que estén EN las instalaciones y de igual manera aclarar si solo
podrán conformar la brigada empleados de la empresa dueña de las instalaciones
o también podrán los contratistas del propietario que permanezcan en las instalaciones.
8. En 6.2.1 pide que las brigadas deberán tener
gabinetes, ¿será que se están refiriendo a las estaciones de mangueras? que
establece la NTC 1669 (ídem NFPA 14 tuberías verticales) para las conexiones
clase 1 y 2?.
9. Por otro lado 6.2.1 y 6.3.2 pide que dentro de los
elementos, herramientas, equipos y accesorios de las brigadas
intermedias deben tener "SISTEMAS PASIVOS DE PROTECCIÓN CONTRA
INCENDIOS" como si este tipo de protección la pudieran usar
los brigadistas durante una emergencia;
o será que podremos usar el sello corta fuego de un pasa muro
operativamente, o un muro corta fuego,
un dintel y escotillas para manejo de humos, teniendo en cuenta que las
protecciones pasivas contra incendio son típicamente estructuras físicas permanentes
y no móviles. ¿A que se referirán con sistemas pasivos en este contexto?
10.
Ni
en 8.1 ni en 8.2 se estableció el tiempo
para la formación inicial de las brigadas básicas.
11.
En
8.3 establece que las brigadas intermedias deberán recibir un módulo de "primer
respondiente en rescate" y hace énfasis en que es obligatorio
el curso de alturas avanzado, lo cual
nos lleva a que los bomberos también tengan esta certificación de trabajo
seguro en alturas o como mínimo los instructores, ¿y cuantos la tenemos?,
porque no podemos salir con la excusa que los organismos de emergencia no nos
aplica la regulación de trabajo seguro en alturas; lo que es cierto durante
operaciones de emergencia, pero NO en tareas laborales por las cuales estaremos
cobrando.
12.
Espectacular
que el art.10 haya establecido la póliza de responsabilidad civil contractual y
seguro de accidentes para los brigadistas participantes. Las estadísticas en
USA muestran que un porcentaje cercano al 20 por ciento de los accidentes y
fatalidades de los bomberos, es durante
los entrenamientos.
13.
Para
brigadas clase III se definió una intensidad de formación inicial de 320 horas
en 18 meses y mínimo cada mes, además 160 horas en rentrenamiento anual.
Será que los bomberos I y II nos reentrenamos160 al año?.
Con 320 horas iniciales en 18 meses y 320 de los dos primeros rentrenamientos (42 meses en los primero 3,5 años) los brigadistas cursarían una intensidad horaria de 640 horas, lo es homologo y supera las 600 horas de un técnico laboral, establecidos en 3.1 del decreto 4904 de 2009. En conclusión estaríamos exigiendo a la industria lo que ni siquiera se ha pedido o exigido a los bomberos, como al menos un primer paso en lo que pidió el señor Presidente Santos y que le llamó profesionalización de los bomberos; proceso de profesionalización regulado por el decreto 1295 de 2010, donde el primer ciclo es el Técnico Profesional.
Será que los bomberos I y II nos reentrenamos160 al año?.
Con 320 horas iniciales en 18 meses y 320 de los dos primeros rentrenamientos (42 meses en los primero 3,5 años) los brigadistas cursarían una intensidad horaria de 640 horas, lo es homologo y supera las 600 horas de un técnico laboral, establecidos en 3.1 del decreto 4904 de 2009. En conclusión estaríamos exigiendo a la industria lo que ni siquiera se ha pedido o exigido a los bomberos, como al menos un primer paso en lo que pidió el señor Presidente Santos y que le llamó profesionalización de los bomberos; proceso de profesionalización regulado por el decreto 1295 de 2010, donde el primer ciclo es el Técnico Profesional.
INVITO A QUE "PRIMERO HAY QUE DAR EJEMPLO"
PARA SER COHERENTES Y QUE ESTE EXCELENTE ESFUERZO DE NUESTRA DIRECCIÓN NACIONAL
DE BOMBEROS DE COLOMBIA NO QUEDE MANCHADO COMO UN ESFUERZO DE NEGOCIO Y NO COMO
MEDIO PARA MINIZAR EL RIESGO, AL DISMINUIR LAS CONSECUENCIAS SI LAS EMPRESAS
ESTAN MEJOR PREPARDAS PARA SU RESPUESTA EFECTIVA A LAS EMERGENCIAS.
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